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📌El Gobierno Vasco convoca para 2022, las ayudas a la creación, adaptación o equipamiento de inmuebles destinados a ser alojamiento para temporeros en el sector agrario

Se podrán acoger a las ayudas las personas físicas o jurídicas, cualquiera que sea su forma jurídica, pública o privada. En el caso de personas físicas o jurídicas privadas deben ser titulares o cotitulares de una explotación agraria. La ejecución de las inversiones y gastos deben realizarse entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2022.

La partida económica total incluida en esta convocatoria es de 80.000 euros y la cuantía máxima que puede recibir cada solicitud es de 20.000 euros. Las solicitudes se pueden presentar tanto de manera presencial como electrónica, en el caso de las personas físicas. Las personas jurídicas deben presentarlo obligatoriamente por medios electrónicos.

Para el análisis de las solicitudes y determinación de la cuantía concreta de las ayudas se tendrán en cuenta los criterios objetivos y la puntuación máxima asignada a cada uno de ellos.

La puntuación máxima será de 100 puntos, la ubicación del alojamiento, en relación con las necesidades de alojamiento de la zona alcanzará un máximo de 20 puntos, en otro apartado además del grado de ruralidad ( diferente número de puntos) se establece una relación de las comarcas consideradas prioritarias, es el caso de Rioja Alavesa: 10 puntos, la Llanada y Montaña alavesa: 8 puntos y otras comarcas: 5 puntos.

Más información y la tramitación en: https://www.euskadi.eus/ayuda_subvencion/2022/alojamiento-para-el-personal-temporero/web01-tramite/es/

Txomin Ruiz.

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