Se podrán acoger a las ayudas las personas fÃsicas o jurÃdicas, cualquiera que sea su forma jurÃdica, pública o privada. En el caso de personas fÃsicas o jurÃdicas privadas deben ser titulares o cotitulares de una explotación agraria. La ejecución de las inversiones y gastos deben realizarse entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2022.
- El plazo de presentación de solicitudes finalizará con el agotamiento de fondos y en todo caso el 15 de noviembre
La partida económica total incluida en esta convocatoria es de 80.000 euros y la cuantÃa máxima que puede recibir cada solicitud es de 20.000 euros. Las solicitudes se pueden presentar tanto de manera presencial como electrónica, en el caso de las personas fÃsicas. Las personas jurÃdicas deben presentarlo obligatoriamente por medios electrónicos.
Para el análisis de las solicitudes y determinación de la cuantÃa concreta de las ayudas se tendrán en cuenta los criterios objetivos y la puntuación máxima asignada a cada uno de ellos.
La puntuación máxima será de 100 puntos, la ubicación del alojamiento, en relación con las necesidades de alojamiento de la zona alcanzará un máximo de 20 puntos, en otro apartado además del grado de ruralidad ( diferente número de puntos) se establece una relación de las comarcas consideradas prioritarias, es el caso de Rioja Alavesa: 10 puntos, la Llanada y Montaña alavesa: 8 puntos y otras comarcas: 5 puntos.
Más información y la tramitación en: https://www.euskadi.eus/ayuda_subvencion/2022/alojamiento-para-el-personal-temporero/web01-tramite/es/
Txomin Ruiz.