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📌’La campaña de la renta 2025 arranca en Álava el 7 de abril: todo lo que necesitas saber’

La Hacienda Foral de Álava abre el 7 de abril el plazo para presentar la declaración del IRPF correspondiente al ejercicio 2025, que se extenderá hasta el 25 de junio. Como en años anteriores, los contribuyentes podrán elegir entre las tres modalidades habituales: Rentafácil, Rentared y Rentaraba.

Cómo y cuándo presentar tu declaración

La modalidad Rentafácil —aquella en la que Hacienda elabora el cálculo directamente— estará disponible en la Sede Electrónica desde el 7 de abril hasta el 17 de junio de 2026. A través de este sistema, los contribuyentes podrán aceptar la propuesta o modificarla incorporando, si procede, los rendimientos por alquiler de inmuebles destinados a vivienda habitual, las deducciones por alquiler de vivienda habitual, aportaciones a cuenta vivienda o donativos, así como los datos de domiciliación bancaria. Además, es posible confirmar la propuesta sin necesidad de acceder a la Sede Electrónica ni de disponer de certificados digitales, también hasta el 17 de junio.

Desde el 7 de abril también se pueden presentar declaraciones en la modalidad Rentared, elaboradas por los propios contribuyentes mediante el Programa de Ayuda del IRPF de la Hacienda alavesa y remitidas a través de la Sede Electrónica. Para ello son válidos los certificados BAK y BAKQ, emitidos por IZENPE, así como cualquier otro certificado digital admitido en dicha sede.

En cuanto a Rentaraba, las asesorías y gestorías podrán presentar las declaraciones de Renta y Patrimonio de sus clientes igualmente desde el 7 de abril.

Para quienes prefieran la atención presencial, las oficinas de la Hacienda Foral de Álava en Vitoria-Gasteiz, Laudio-Llodio y Laguardia iniciarán el servicio de confección de declaraciones el 13 de abril. Este servicio es gratuito y está abierto a todos los contribuyentes, salvo quienes en 2025 hayan ejercido una actividad económica, vendido su vivienda habitual, realizado más de tres operaciones de venta de inmuebles o acciones, vendido participaciones en sociedades mercantiles no cotizadas, tenido inmuebles destinados al alquiler turístico o deseen acogerse al régimen especial de personas desplazadas. Tampoco podrán acceder a este servicio quienes obtengan rendimientos de capital inmobiliario procedentes de más de dos inmuebles distintos de vivienda, hayan transmitido inmuebles adquiridos por herencia, donación, disolución de gananciales o cese de proindiviso con exceso de adjudicación, o hayan realizado operaciones con criptomonedas.

Novedades en la declaración de la renta 2025

La revisión fiscal aprobada el año pasado incorpora importantes cambios que se aplicarán por primera vez en esta campaña. Entre los más destacados figuran los nuevos beneficios fiscales en materia de vivienda, tanto para arrendatarios como para arrendadores; la obligación de presentar declaración a partir de los 20.000 euros de rendimientos del trabajo; y la nueva delimitación de los requisitos para poder optar por la tributación conjunta, entre otras novedades.


Txomin Ruiz.

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