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📌Las familias de acogida de Rioja Alavesa ya tienen el plazo abierto para poder beneficiarse de ayudas económicas de la Diputación

El Instituto Foral de Bienestar Social (IFBS), organismo autónomo dependiente del Departamento de Políticas Sociales de la Diputación Foral de Álava, ha abierto el plazo de presentación de solicitudes de las ayudas económicas extraordinarias de apoyo al acogimiento familiar y al posacogimiento familiar, cuya dotación económica es de 83.400 euros.

El Programa de Acogimiento Familiar de Álava pretende integrar al niño, niña o adolescente, durante el periodo de tiempo que precise, en una vida familiar que complemente a la suya de origen, con la que no puede convivir.

Estas ayudas están destinadas a hacer frente a pagos específicos que requieran un gasto extraordinario para la debida atención a la persona menor de edad acogida o a quienes, una vez alcanzada la mayoría de edad, continúan con la familia acogedora, siempre y cuando dicho desembolso no se encuentre cubierto por cualquier sistema público.

Podrán ser beneficiarias de estas ayudas económicas las personas que han formalizado un acogimiento familiar en el territorio Histórico de Álava, y las personas que han tenido a una persona menor de edad en acogimiento familiar y que, alcanzada la mayoría de edad, continúan la convivencia.

Serán gastos subvencionables los realizados desde el 1 de diciembre de 2022 al 31 de diciembre de 2023, fundamentalmente en conceptos como gafas, odontología, tratamientos médicos, apoyo familiar,  escolar o doméstico, y actividades lúdico-educativas.

Las tareas que asumen las familias acogedoras suponen, entre otros muchos aspectos, que deben hacer frente a los gastos económicos ocasionados por la atención de las necesidades de las personas menores de edad, sufragando también los gastos extraordinarios que en determinadas situaciones se pueden producir. Por ese motivo, la Diputación Foral de Álava apoya con estas ayudas el acogimiento familiar, al considerar que los gastos extraordinarios no deben repercutir negativamente en la decisión de acoger ni en la atención que ha de recibir la persona menor de edad, y que es preciso evitar que las familias tengan una carga innecesaria en su situación económica por el acogimiento.
Más información:

https://www.araba.eus/botha/Busquedas/Resultado.aspx?File=Boletines/2023/051/2023_051_01195_C.xml&hl=

Txomin Ruiz.

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