El 5 de marzo de 2025, un vecino de la Junta administrativa de Labraza José Antonio Álvarez de Eulate pidió al Concejo Abierto de Labraza información clara sobre las convocatorias y actas de las reuniones del Concejo y la Junta Administrativa de los años 2023 y 2024, y los presupuestos de 2023, 2024 y 2025, todo en papel. Su objetivo era asegurarse de que se cumplían las normas de transparencia, como la Norma Foral 111/1995 y la Ley 19/2013 aseguraba en su petición.
Pero el Concejo no respondió en el mes que tenía de plazo, lo que la Resolución 61/2025 de la Comisión Vasca de Acceso a la Información Pública califica como una «denegación silenciosa». Esto vulnera el derecho de este vecino a la información, protegido por la Constitución (art. 103.1), dejándolo sin respuesta y en indefensión señalaba.
La Comisión recuerda que la transparencia es obligatoria
La Junta se excusó según informó a esta Comisión alegando que los concejos alaveses tienen un régimen especial, falta de recursos, problemas de conexión a internet y que sus cargos no son remunerados ni tienen horario fijo. Dijeron que las actas se cuelgan en la puerta del Concejo para que los vecinos las vean. Sin embargo, la Comisión da un «tirón de orejas» a la Junta, señalando que la «transparencia es un deber fundamental» (Ley 2/2016, art. 4.2.h).
La opacidad queda clara con actos como ocultar una queja en el acta del 7 de abril de 2025 o no ofrecer acceso digital, incumpliendo las leyes de transparencia. La Comisión recuerda que actas y presupuestos son información pública, según el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno.
Este vecino de Labraza además ha querido poner en conocimiento del ayuntamiento de Oion esta Resolución tomada por la Comisión Vasca de Acceso a la Información Publica con respecto a la petición de amparo que hizo en su dia contra la Presidenta y Junta administrativa de Labraza al impedirle asegura intencionadamente acceso a la información publica sobre documentación publica del Concejo.
El motivo de su acción a la pregunta de por qué lo ha hecho es por ser principalmente, el Ayuntamiento de Oion referente para e/ Concejo de Labraza y necesario colaborador por acción u omisión en los irregulares y sistemáticos incumplimientos de la Norma Foral 11/1995 de 23 de Marzo del territorio Histórico de Alava.
Un concejal de Oion con doble rol
Además se ha dado el caso añade en su escrito de la participación de un Concejal del Ayuntamiento de Oion que interviene en los Concejos o Asambleas Vecinales en su doble función : la primera de ellas como delegado para las relaciones con el Concejo de Labraza y la segunda de carácter personal, como miembro de derecho , al residir en Labraza, del Concejo de Labraza.
Tras el plazo dado por la Comisión de la transparencia para que contestase a este vecino, establecido en 10 días la Junta administrativa de Labraza todavía no se ha producido añade Eulate quien concluye » lo cual pone más en evidencia la opacidad de esta Junta administrativa que da la sensación que se ríe de todo y de todos«
Txomin Ruiz.