Desde esa fecha, los y las contribuyentes que tengan confeccionada la propuesta de “rentafácil” podrán acceder a través de la Sede Electrónica, identificándose mediante la BAK, BAKQ o cualquier otro certificado válido, para comprobar y aceptar su propuesta o, en su caso, modificarla.
- Como en años anteriores se puede modificar añadiendo los rendimientos de inmuebles alquilados, la deducción por alquiler de vivienda habitual y la cuenta de domiciliación bancaria. Este año, como novedad, también se puede añadir la deducción por cuenta vivienda y la deducción por donativos
La diputada de Hacienda, Finanzas y Presupuestos, Itziar Gonzalo de Zuazo ha querido ampliar con más detalle las líneas básicas de la campaña de la renta de este año.
También a partir del día 3 de abril, se podrán presentar declaraciones en la modalidad de
“rentared”; son las declaraciones confeccionadas por las personas contribuyentes mediante el Programa de Ayuda del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas elaborado por la Hacienda alavesa, y que se remiten por la Sede Electrónica de la Diputación Foral de Álava.
A efectos de la remisión de dichas declaraciones, serán válidos los medios de identificación y firma electrónica BAK y BAKQ, emitidos por IZENPE, así como cualquier otro certificado digital válido en dicha Sede Electrónica. Asimismo, a partir del 3 de abril las asesorías y gestorías podrán presentar las declaraciones del Impuesto sobre la Renta y Patrimonio de sus clientes en la modalidad “rent@raba”.
El 19 de abril comenzará la atención presencial de la confección de declaraciones del Impuesto sobre la Renta en las oficinas de la Hacienda Foral de Álava de Vitoria-Gasteiz, Laudio-Llodio y Laguardia, modalidad «rent@raba”.
Podrán acceder a este servicio gratuito todas las personas contribuyentes, excepto quienes en 2022 hayan ejercido una actividad económica, vendido su vivienda habitual, hayan realizado más de tres operaciones de ventas de inmueble o de acciones, hayan vendido participaciones de sociedades mercantiles no cotizadas u opten por tributar de acuerdo con el régimen especial para trabajadores y trabajadoras desplazadas.
En relación con el pago, el importe resultante de las autoliquidaciones del Impuesto de Patrimonio deberá ingresarse en su totalidad hasta el 26 de junio de 2023. En el caso del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas el importe resultante de las autoliquidaciones podrá ingresarse en su totalidad antes del 26 de junio o fraccionarse el pago. En este último caso el primer pago, del 60% del importe total se efectuará hasta el 26 de junio de 2023 y el segundo pago, del 40% restante, se efectuará hasta el 10 de noviembre de 2023.
Txomin Ruiz.