Unas subvenciones para programas de actividades anuales que están dirigidas a la juventud en el tiempo libre para 2023, y que incluyen niños, niñas y jóvenes y que hayan sido promovidas por asociaciones o entidades juveniles o de tiempo libre. Las actividades se llevarán a cabo en el tiempo libre, entendido éste como un tiempo de ocio y como espacio educativo donde se fomenten valores de igualdad, solidaridad y tolerancia. Así mismo deberán contar con un equipo de monitores y monitoras adecuado para el desarrollo de las citadas actividades.
Asociaciones juveniles, asociaciones de tiempo libre o federaciones coordinadoras de las anteriores, constituidas reglamentariamente, sin ánimo de lucro, que tengan fijado su domicilio social o delegación permanente en Álava o enclave de Treviño podrán ser sus posibles beneficiarios.
Programas y gastos subvencionables
Serán susceptibles de subvención la organización de las actividades de tiempo libre durante el curso 2022/2023 que reúnan los siguientes requisitos, ser programas de actividades que se desarrollen de forma continuada, con una duración mínima de cinco meses y periodicidad mínima quincenal. Si el programa de actividades se desarrollara durante seis meses o más, podrá haber carencia de continuidad. La edad de los y las participantes será de 7 años en adelante y las citadas actividades tendrán que favorecer la igualdad entre hombres y mujeres, promoviendo el cambio de valores, eliminando roles sociales y estereotipos en función del sexo.
Serán gastos subvencionables aquellos que se deriven directamente de la organización y desarrollo de los programas de actividades. Entre estos gastos se incluye específicamente los costes de seguros, cuotas, alquileres y gastos por uso de locales, gasto de teléfono, personal, transporte, y, en general, aquellos otros que puedan ser considerados como consecuencia directa de desarrollar la actividad. En el caso de que se comparta el local con otras asociaciones y/o actividades de naturaleza distinta, se deberá señalar el porcentaje imputado exclusivamente a las actividades objeto de esta convocatoria.
Los materiales necesarios para desarrollar la actividad. Habrán debido ser adquiridos en el curso 2022/2023 y deben tener un coste máximo por unidad de mil doscientos euros (1.200,00). Solamente se subvencionarán packs o kits en el caso de que estos sean indivisibles. El costo máximo del material no fungible necesario para el desarrollo de las actividades, será de 3.600,00 euros en su conjunto.
El importe de la subvención no excederá del 70 por ciento del presupuesto subvencionable que se presente en la solicitud o en la memoria, por otra parte no serán acreedoras de subvención las peticiones que una vez valoradas no alcancen la cuantía de 500,00 euros. La cuantía total de la ayuda concedida a cada asociación no podrá superar la cantidad de 8.000,00 euros. Las federaciones están excluidas del cumplimiento de este apartado.
Presentación de solicitudes
Las solicitudes deberán ser presentadas hasta el próximo 1 de febrero y deberán ser presentadas por medios electrónicos en la sede electrónica de la Diputación Foral de Álava https: //e-s.araba.eus, lo que requiere que con carácter previo los solicitantes dispongan de certificado electrónico (certificado de representante de entidad).
Toda la información de esta convocatoria:
https://www.araba.eus/botha/Boletines/2023/002/2023_002_03699_C.pdf
Txomin Ruiz.