📌Ayudas y subvenciones Programa Leader 2021 a las inversiones para infraestructuras, servicios básicos y renovación de los pueblos

La orden de gobierno Vasco publicada el pasado 23 de diciembre en un documento extensísimo que abarca 58 páginas persigue fomentar las inversiones en la creación, mejora o ampliación de pequeñas infraestructuras enmarcadas en las siguientes actuaciones:
a) Energías renovables, ahorro energético, biomasa y district heating.
b) Servicios básicos: agua, saneamiento, electrificación y gasificación. Las infraestructuras de agua y saneamiento solo serán subvencionables si son nuevas.
c) Habilitación de pequeños polígonos industriales y de locales que acojan iniciativas empresariales.
d) Infraestructuras de pequeña escala vinculadas al turismo.
e) Edificios y locales para servicios.
f) Acondicionamiento de los núcleos de población: urbanizaciones, aguas pluviales, plazas, accesibilidad a edificios que proporcionan un servicio, parkings, parques y jardines, parques infantiles, alumbrado, mobiliario urbano, marquesinas, etc. Se utilizará el Visor Web geoEuskadi para verificar que las actuaciones objeto de subvención se localizan dentro de los límites del núcleo de población.

Se excluyen expresamente los siguientes tipos de proyectos:

a) Pisos de emergencia.

b) Inversiones de proyectos no faseados que consistan únicamente en derribos o adquisición de inmuebles.

c) Muros de contención salvo que condicionen un servicio.

d) Rehabilitación de elementos patrimoniales, salvo que incluya la generación de una actividad económica justificada mediante el correspondiente plan de gestión.

e) Proyectos que consistan exclusivamente en pavimentación de calles, caminos, aceras, elementos disuasorios de la velocidad (badenes, realces…).

f) Cementerios.

Dotación presupuestaria
672.000 €

+ Info: Link de descarga:
https://www.euskadi.eus/y22-bopv/es/bopv2/datos/2020/12/2005586a.pdfLas personas beneficiarias de las ayudas a las inversiones para infraestructuras, servicios básicos y renovación de los pueblos LEADER – Programa Leader 2019 son las siguientes;

a) Las entidades locales, según lo dispuesto en el artículo 2 de la Ley 2/2016, de 7 de abril, de Instituciones Locales de Euskadi:
– El municipio.
– Los concejos y cualesquiera otras entidades locales territoriales de ámbito inferior al municipio, conforme a la normativa foral existente en cada territorio y lo dispuesto en la legislación básica de régimen local.
– Las mancomunidades de municipios.
– Las cuadrillas del territorio histórico de Álava.
– Cualesquiera otras entidades que agrupen a varias entidades locales, bajo la denominación específica que corresponda, conforme a lo dispuesto en la Ley 2/2016, de 7 de abril, y demás normativa que sea de aplicación.

b) El sector público institucional local: organismos autónomos locales, entidades públicas empresariales locales y sociedades mercantiles de titularidad pública local.

c) Las asociaciones de desarrollo rural (ADR), en aquellos casos en los que las entidades locales les deleguen o encarguen la puesta en marcha de un proyecto en beneficio de una zona LEADER.

Información de contacto
1. Asociación para el Progreso del Desarrollo Rural – MENDINET

Horario de recepción de solicitudes presenciales: de lunes a viernes de 08:00 a 15:00.

Secretaría Técnica: Jon Vitorica

Teléfono: 945 410 309

E-mail: mendinet@mendinet.org

Asociaciones de Desarrollo Rural de Álava/Araba, Bizkaia y Gipuzkoa, en función de la comarca donde se ubique el proyecto.

2. Dirección de Desarrollo Rural y Litoral y Políticas Europeas

Arantxa Peña

Teléfono: 945 016 308

E-mail: a-pena@euskadi.eus

El plazo de presentación de las solicitudes de la presente Orden en el Boletín Oficial del País Vasco finalizará el 28 de febrero de 2021.

Txomin Ruíz.

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