📌Las personas con enfermedad mental en los centros residenciales de Álava de día y ocupacionales de la red foral dispondrán de un Estatuto Básico

El Consejo de Gobierno Foral ha aprobado esta mañana el Estatuto Básico de centros para personas con enfermedad mental integrados en la red foral de Álava, que establece los principios de actuación, los derechos y obligaciones de las personas usuarias y profesionales de dichos recursos, así como los cauces de participación interna, y sus normas de organización y funcionamiento.

Dicho estatuto se aplicará, como marco común básico, en los centros residenciales, de día y ocupacionales para personas con enfermedad mental, tanto de gestión directa foral, como en régimen de concierto, convenio o contrato con entidades privadas.

  • Actualmente la red foral de centros para personas con enfermedad mental cuenta con 216 plazas destinadas a este colectivo

Los centros contarán por primera vez con un documento escrito y de carácter oficial que garantiza un marco común básico al conjunto de los centros dirigidos a personas con enfermedad mental.

El Estatuto Básico se configura como el documento base para que en los próximos meses cada recurso cuente con un Reglamento de Régimen Interior, en el que se plasmarán los principios de actuación y de organización de los centros.

Entre tales principios, destacan, entre otros:


• La organización y prestación de la atención en torno al respeto, la promoción y la defensa de
los derechos de las personas usuarias.
• La adaptación del entorno y de la organización a las formas de vida habituales en la
comunidad.
• La atención personalizada e integral desde un enfoque de Planificación Centrada en la
Persona y las Relaciones.
• La aplicación de los modelos de Calidad de Vida y de Apoyos.
• La integración del principio de transversalidad de género, en todas las intervenciones,
programas y actuaciones.
• La promoción de la autonomía personal y orientación hacia la vida independiente.

El texto plasma los principios de la reciente Ley 8/2021, de 2 de junio, que garantiza que el colectivo de personas con enfermedad mental podrá actuar con la ayuda de personas que les presten apoyo para el ejercicio de su capacidad jurídica en la toma de decisiones.

Este estatuto es el fruto de un trabajo realizado por un equipo multidisciplinar, formado por
profesionales del Área de Intervención Social del Instituto Foral de Bienestar Social (IFBS), entidades del Tercer Sector social, y otras entidades con las que el organismo foral mantiene convenios de colaboración o contratos para la gestión de centros para personas con enfermedad mental. Enconcreto se trata de Asafes (Asociación Alavesa de Familiares y Personas con Enfermedad Mental), Asasam (Asociación Ayalesa de Familiares y Personas con Enfermedad Mental), Fundación Eraikibide, Fundación Xilema, Asociación Erantsi Asociación Beti Gizartean y Entidad Grupo 5.

Txomin Ruiz.

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